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22 may 2024
Tras la información publicada por el Consejo General de Dentistas de España que alerta de que las matronas no tienen atribuciones para realizar frenectomías en neonatos.
En virtud de la información publicada por el Consejo General de Dentistas de España que alerta de que las matronas no tienen atribuciones para realizar frenectomías en neonatos, desde el Colegio Oficial de Enfermería de Madrid queremos aclarar que, en el caso de la frenectomía simple, se trata de una técnica enmarcada en la cirugía menor y por tanto está dentro de las competencias de las enfermeras especialistas en Obstetricia y Ginecología (matronas). Dicha técnica está asentada dentro del contexto del diagnóstico enfermero de lactancia materna ineficaz.
Resaltar que, como toda actuación sanitaria, aunque las complicaciones son escasas, no está exenta de riesgos independientemente del profesional que realice dicha técnica.
Además, como cualquier otra intervención clínica, dicho procedimiento requiere de un consentimiento informado que corresponde realizarlo, en este caso, al profesional enfermero que diagnostica e interviene en el cuidado. En este sentido, el acto de consentimiento informado es un acuerdo entre los padres o tutores legales del recién nacido y el profesional, donde se les ha de informar de todas las opciones terapéuticas disponibles y son ellos, en virtud de su autonomía, los que deciden si se realiza o no la intervención. No siendo esta técnica exclusiva, como nos quieren hacer ver, de un único colectivo profesional.
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