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30 nov 2021
Acciones del Colegio
Desde el Colegio Oficial de Enfermería de Madrid seguimos considerando sorprendente que se excluya a 20.000 enfermeras del proceso de acreditación en el marco de la ‘prescripción enfermera’ por el mero hecho de no estar vinculadas al SERMAS.
Con fecha de 30 de noviembre de 2021 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Investigación, Docencia y Documentación, por la que se publica la relación definitiva de las enfermeras y enfermeros que reúnen los requisitos establecidos en la Orden 469/21, de 16 de abril, de la Consejería de Sanidad, de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, en el ámbito de los cuidados generales y determinados cuidados especializados.
El pasado mes de junio fue admitida a trámite la demanda presentada por nuestro Colegio ante el Tribunal Superior de Justicia contra la Orden 469/21, de 16 de abril, de la Consejería de Sanidad, de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, en el ámbito de los cuidados generales y determinados cuidados especializados, por entender que no se ajusta a los términos previstos en el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros y en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
Desde el Colegio Oficial de Enfermería de Madrid seguimos considerando sorprendente que se excluya a 20.000 enfermeras del proceso de acreditación en el marco de la ‘prescripción enfermera’ por el mero hecho de no estar vinculadas al SERMAS. Insistimos, una vez más, que no hay explicación legal alguna para ello, dado que se trata de una cuestión de competencia profesional y no de ámbito laboral.
Las 20.000 enfermeras excluidas son, asimismo, Graduadas en Enfermería, y, por tanto, están igualmente capacitadas para desarrollar la misma competencia profesional que las que desarrollan su profesión en el ámbito público.
Recordamos que la propia Comunidad de Madrid considera que “la indicación, uso y autorización para la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeras y enfermos es una actividad que se considera eficaz y eficiente, al permitir optimizar los recursos y mejorar la calidad asistencial y la satisfacción de las personas usuarias de los servicios de salud”.
ACCEDE AQUÍ A LA RELACIÓN DEFINITIVA DE LOS PROFESIONALES ACREDITADOS
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