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4 oct 2021
Acciones del Colegio
La Asesoría Jurídica del Colegio responde a las principales dudas que pueden surgir entre los colegiados a la hora de inscribirse, actualizar méritos, modificar la solicitud o conocer el funcionamiento de las Bolsas de contratación temporal en el Servicio Madrileño de Salud de las categorías de Enfermero/a de Atención Primaria y Atención Hospitalaria y de Enfermero/a del SUMMA 112.
La inscripción a la bolsa está abierta permanentemente y puede realizarse telemáticamente cumplimentando el formulario a través del Registro Electrónico: https://gestiona3.madrid.org/ipae_app_gforms/secure/impresoGForms.jsf?cdImpreso=2820F1 También es posible presentar la solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Pueden modificarse los datos sobre centros de trabajo y tipo de jornada cuando haya transcurrido un año desde la inscripción en bolsa o desde la última modificación de la misma. La modificación de los datos personales (domicilio, teléfono, etc.) podrá realizarse en cualquier momento.
Sí. Es necesario un certificado de servicios prestados en el que figure que ha prestado servicios un mínimo de seis meses en esos Servicios o Unidades especiales.
Si han transcurrido 3 meses desde el inicio del contrato a jornada parcial, puede solicitar por escrito una mejora de contrato a jornada completa. En caso de solicitarlo, existe la obligación de aceptar la oferta que se le haga, a excepción de que sea un contrato de una duración inferior a 15 días, ya que en caso contrario habría penalización.
No se podría volver a modificar la jornada de trabajo hasta que transcurra un año desde dicha solicitud.
La fecha de corte para la presentación de méritos se marca hasta el 15 de octubre, sin embargo, esos méritos deben haber sido realizados hasta el 30 de septiembre.
Consultando las bases de baremación. Pueden sumarse puntos tanto por servicios prestados (experiencia profesional) como por formación (formación académica, cursos de especialización) actividad docente e investigación.
No existe un plazo establecido para la publicación de listados provisionales ni definitivos, tanto para admitidos con puntuación como para excluidos.
Es posible figurar en los listados con 0 puntos, e incluso se puede no figurar, debido a que todavía no se ha grabado su solicitud en la bolsa. También puede ser debido a haber presentado los méritos en fechas posteriores a las mencionadas anteriormente. No obstante, si se han presentado los méritos en plazo y entiende que debería tener otra puntuación, puede interponer una reclamación en los diez días hábiles siguientes al de la publicación de los listados provisionales o un Recurso de Alzada en el mes siguiente al de la publicación de los listados definitivos.
La notificación de los nombramientos se realiza por orden de puntuación en bolsa mediante llamada telefónica, teniendo que producirse dos avisos en horas distintas del día en caso de que no exista respuesta en la primera llamada. En el caso de los interinos, además se deberá notificar por correo electrónico en caso de no haber respuesta por llamada telefónica, el cual debe ser respondido en un plazo de 24 horas. En ambos casos, de no existir contestación por parte del candidato, se entenderá como una renuncia tácita al nombramiento y se procederá a su penalización.
Pueden consultarse las puntuaciones por las que los centros sanitarios están realizando llamamientos a través de la página web oficial de la Comunidad de Madrid, en la sección Consulta de situación y puntuación en las bolsas, sin necesidad de certificado electrónico: https://gestiona.madrid.org/bsan_consulta/inicio.jsf
La situación personal en la bolsa de empleo de la que se forma parte se puede consultar en la página web de la Comunidad de Madrid, en la sección Consulta de situación y puntuación en las bolsas. Para ello es necesario disponer de certificado electrónico: https://gestiona.madrid.org/bsan_consulta/
La penalización se produce fundamentalmente por la renuncia a una oferta de empleo en el momento del llamamiento o durante la vigencia del contrato. También puede ser penalizado por no presentarse a la fecha indicada para la firma del nombramiento (salvo por causa de fuerza mayor), por no superar el periodo de prueba, o a propuesta de la Gerencia por tener un informe desfavorable. De ocurrir alguna de las situaciones mencionadas, el candidato pasará a ocupar el último puesto en la relación de puntuaciones de la bolsa de empleo de la que forme parte durante un año. Transcurrido el año de penalización volverá a ocupar su puesto en la bolsa de acuerdo con su puntuación.
Las ofertas de trabajo por mejora de empleo no se pueden rechazar sin penalización, la cual comenzará a partir de la fecha de finalización del contrato que tenga vigente en el momento del llamamiento. En caso de tener un nombramiento por alguno de los supuestos que se detallan a continuación, no se penalizará, aunque no se le volverá a ofertar un nombramiento interino mientras dure el contrato que tiene:
Existen determinados supuestos por los que sí es posible renunciar a un nombramiento eventual o de sustitución sin penalización. Los principales son:
Tras la renuncia a un nombramiento por alguno de estos motivos, no existirá penalización, No obstante, no podrá recibir ningún llamamiento de oferta de empleo hasta que no se justifique que el motivo que originó la renuncia ya ha finalizado. Esto quiere decir que, si el motivo por el que se ha rechazado una oferta es encontrarse trabajando, no se procederá a la reactivación en bolsa hasta que no se justifique que el candidato ya no se encuentra trabajando mediante el informe de vida laboral y/o el cese del contrato vigente en el momento del llamamiento.
Sí, pero únicamente en estos dos supuestos, y siempre previo a un llamamiento:
En el caso de que no se hubiera solicitado previamente a un llamamiento, la renuncia conllevaría penalización.
Para realizar consultas a la Bolsa de Empleo temporal, se puede contactará a través del correo electrónico: candidatos.bolsa@salud.madrid.org O a través de los teléfonos: 91.370.20.23/91.338.76.77
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