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La Biblioteca del Colegio Oficial de Enfermería de Madrid (CODEM) facilita el servicio de préstamo a todos los colegiados y colegiadas y a aquellas otras personas debidamente autorizadas, permitiendo disponer de cierto número de documentos durante un tiempo determinado.
Los usuarios del servicio de préstamo están obligados a cumplir con las condiciones de uso y normas de funcionamiento, especialmente en lo que se refiere a la devolución de las obras prestadas en los plazos fijados y al respeto de la integridad y la conservación de los fondos documentales.
El objetivo del préstamo es facilitar la consulta de los fondos bibliográficos de la biblioteca del Colegio. Estas normas tienen como finalidad preservar los fondos bibliográficos y documentales del CODEM con las máximas garantías y, al mismo tiempo, darles el máximo rendimiento, priorizando la posibilidad de consulta de las colegiadas y colegiados y proporcionando el acceso a todas las personas autorizadas.
Prestar un documento propiedad del Colegio significa sacarlo de su localización habitual por un tiempo determinado, y que la persona que lo ha solicitado se haga cargo de su conservación y de su devolución.
Todos debemos ser conscientes de la responsabilidad que supone cuidar de los fondos de la biblioteca y que los libros y revistas que se custodian son patrimonio común del CODEM y de las colegiadas y colegiados.
1.2. El servicio de préstamo de la biblioteca del CODEM está destinado exclusivamente a las colegiadas y colegiados que acrediten su condición, y siempre que se encuentren al corriente de pago de las cuotas colegiales. Asimismo, los estudiantes de 4ª curso de enfermería, previa presentación de carnet universitario, también disfrutarán de este servicio.
1.3. La finalidad del Servicio de Información Bibliográfica facilitado por el bibliotecario es informar de la localización de los fondos que los usuarios soliciten, tanto de la propia Biblioteca, como de otros centros. Las consultas se harán mediante la dirección de correo electrónico biblioteca@codem.es, o cumplimentando el formulario asignado para tal fin.
1.4. La actividad prioritaria a realizar en los equipos informáticos será de carácter formativo. Se podrán emplear para realizar búsquedas a través de Internet relacionadas con el campo de la Enfermería y otras ciencias de la salud, consultas al catálogo de la biblioteca, uso correo electrónico o realizar trabajos con procesadores de textos.
2.1. Tienen derecho a ser usuarios del servicio de préstamo de la Biblioteca del CODEM:
2.2. Para poder utilizar el servicio de préstamo será necesario estar dado de alta como lector en la Base de datos de la biblioteca. La privacidad de su información queda garantizada en los términos establecidos por la legislación vigente.
2.3. En todo caso, con carácter excepcional, si una persona con derecho a ser usuario de la Biblioteca según lo establecido en el artículo anterior no le fuera proporcionado el número de lector, por cualquier motivo, la Biblioteca arbitrará los procedimientos oportunos para asegurar su derecho de uso. En estos casos se exigirá siempre la presentación del DNI.
2.4. La autorización de préstamo a personas externas no colegiadas y estudiantes o investigadores la podrá conceder la Junta de Gobierno. La autorización se hará por escrito y deberá constar los nombres y apellidos de la persona beneficiaria del préstamo junto a su DNI y la finalidad del préstamo.
3.1. Derechos
3.1.1. Acceder en condiciones razonables a la consulta y estudio de los fondos y documentos bibliográficos que constituyen la Biblioteca, así como a los demás servicios que preste.
3.1.2. Recibir información, asesoramiento y colaboración en la localización y acceso a fuentes bibliográficas y documentales.
3.2. Deberes
3.3. Responsabilidades
3.3.1. Velar por la integridad y buena conservación de la obra en préstamo.
3.3.2. Advertir al personal de la biblioteca de cualquier desperfecto que haya observado en el material prestado.
3.3.3. Entregar la obra a la Biblioteca una vez finalizado el plazo de préstamo en las mismas condiciones físicas en que se le ha prestado.
4. Materiales objeto de préstamo
4.1. El CODEM pone sus fondos documentales a disposición de sus usuarios, a través de la biblioteca mediante el servicio de préstamo.
4.2. Las presentes normas regulan el uso en préstamo y la utilización temporal de todo el material bibliográfico y materiales especiales de apoyo a la docencia, la investigación y el aprendizaje efectuado en la Biblioteca. Algunos materiales pueden estar excluidos o sujetos a restricciones en atención a criterios de conservación, disponibilidad, valor de las obras o de sus especiales características.
4.3. Quedan excluidos de préstamo domiciliario los siguientes tipos de documentos:
5. Plazos y condiciones de préstamo
5.1. Los plazos y condiciones de préstamo se refieren tanto al número de ejemplares como al número de días y se aplicarán teniendo en cuenta el tipo de usuario y las características del ejemplar.
5.2. Se establecerá un número máximo de ejemplares que cada categoría de usuario puede tener simultáneamente en préstamo y que comprenderá tanto el material bibliográfico como el no bibliográfico.
5.3. Estos plazos y condiciones, que se indican en el anexo, podrán ser modificados por el responsable de la Biblioteca. Cuando la modificación haya de tener efecto durante un periodo de tiempo prolongado deberá ser aprobada por la Comisión Permanente.
5.4. Podrán establecerse plazos de préstamo en periodos especiales de vacaciones. También podrá haber plazos de préstamo con una duración extraordinaria, que serán comunicados con suficiente antelación.
5.5. El servicio de préstamo cesará quince minutos antes del horario de cierre de la Biblioteca.
6. Reservas y renovaciones
6.1. Existe a disposición de los usuarios un sistema de reservas y renovaciones de los ejemplares.
6.2. Reservas: el usuario podrá solicitar la reserva anticipada (on line) de una obra del catálogo disponible o en préstamo. El usuario que efectúe una reserva tiene derecho a que la biblioteca retenga el ejemplar un determinado número de días. En caso de no hacer uso de tal derecho en el plazo estipulado, el ejemplar pasará al siguiente usuario de la lista o, en caso de no existir turno de reserva, volverá a su localización habitual.
6.3. Renovaciones: por renovación se entiende la posibilidad de acceder de forma automática a un nuevo periodo de préstamo, siempre que el usuario esté habilitado para ello, no existan reservas sobre el ejemplar y no se haya superado el número de renovaciones permitidas. Las renovaciones siempre se realizarán mediante el OPAC de la biblioteca.
7. Sanciones
7.1. El usuario tiene la obligación y adquiere el compromiso de reintegrar el material a la biblioteca una vez finalizado el préstamo, en las mismas condiciones físicas en que se le ha prestado y advertir al personal de la Biblioteca de cualquier desperfecto que haya observado en el mismo.
7.2. La biblioteca reclamará de forma periódica todos aquellos préstamos sobrepasados, a través del medio que considere oportuno, para facilitar la disponibilidad y circulación de los distintos materiales. En todo caso, la ausencia de reclamación no justificará en ninguna circunstancia el incumplimiento de los plazos de devolución establecidos en esta normativa.
Estas sanciones darán lugar a:
a) Cómputo de días: Los días de cierre de la biblioteca no computarán a efectos de cálculo de la sanción ni de cumplimiento de esta.
b) Día de gracia: se establecerá un periodo de gracia posterior a la fecha de vencimiento que no computará como retraso siempre que el ejemplar sea devuelto dentro de ese margen temporal. Si coincide con un día de cierre, el de gracia se traslada al primer día que abra la Biblioteca. Los días de gracia varían en función del tipo de usuario y del tipo de préstamo.
c) Condonación: no se impondrá suspensión en los casos de imposibilidad de devolución en tiempo debidamente justificado.
8. Uso de los equipos informáticos de la Biblioteca
8.1. Los equipos de la Biblioteca están destinados de forma prioritaria a actividades formativas, académicas o de investigación, no lúdicas.
8.2. Queda prohibido su uso para la elaboración de trabajos de grupo (utilícese sala de trabajo en grupo), teniendo siempre preferencia el uso individual.
8.4. El usuario deberá avisar al Bibliotecario en caso de detectar cualquier anomalía, tanto del software como del hardware.
8.5. Queda prohibido:
Categoría de Usuarios
Ejemplares en Préstamo
Renovaciones
Préstamo en Sala
Préstamo domiciliario
4
2
20 días
15 días
1
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