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5 oct 2020
El texto prevé la reducción de reuniones a un máximo de 6 personas y restricciones de movilidad y actividad en 37 zonas básicas de salud cn el objetivo de "reducir el número de nuevos contagios y aliviar la presión asistencial del sistema sanitario" y "proteger la salud de la población en su conjunto". Con fecha 1 de octubre, se publica en el BOCM una corrección de errores de esta Orden.
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado ya la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en núcleos de población correspondientes a determinadas zonas básicas de salud, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
Con fecha 1 de octubre, se publica en el BOCM la Orden 1263/2020, de 30 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, de corrección de errores de la Orden 1226/2020, de 25 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en núcleos de población correspondientes a determinadas zonas básicas de salud, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
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