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3 ene 2024
Su objetivo es mejorar la calidad de la asistencia sanitaria que reciben los ciudadanos mediante la mejora de la capacitación de los profesionales de la salud y alinear ésta con su actividad asistencial diaria.
El Ministerio de Sanidad ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden SND/1427/2023, de 26 de diciembre, para la creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Cuidados Paliativos y que incluye, entre otros profesionales, a las enfermeras.
El objetivo final de esta acreditación es mejorar la calidad de la asistencia sanitaria que reciben los ciudadanos mediante la mejora de la capacitación de los profesionales de la salud y alinear ésta con su actividad asistencial diaria. Actualmente, los pacientes que precisan atención paliativa son atendidos por diferentes profesionales sanitarios tanto en centros sanitarios como en domicilios.
La creación de los Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos (DAP) se debe a la creciente necesidad de estos cuidados, la complejidad, gravedad y especificidad de las patologías y los procedimientos empleados en dicha área competencial, así como la necesidad de garantizar la calidad y seguridad de la asistencia.
Según se indica en las bases, hay dos posibles vías de acceso para la obtención de los diplomas de acreditación, en función de las titulaciones de origen, y las competencias adquiridas de acuerdo con los cuadros de competencias específicas y procedimientos y técnicas propias del área funcional presentados.
Además, se incorpora la propuesta de posibles evidencias que se podrían presentar para su validación. Por un lado, el diploma se podrá obtener por 'Vía excepcional', que incluirá al personal sanitaria que, en el momento de la entrada en vigor de este acuerdo tenga los siguientes requisitos: acreditar, en los últimos 10 años, un mínimo de cuatro años de práctica profesional a tiempo completo; y estar en posesión de título Máster o Experto Universitario en Cuidados Paliativos, oficial o propio, impartidos por universidades o centros sanitarios.
Por otro lado, se podrá acceder mediante 'Vía ordinaria' mientras se pueda acreditar, en los últimos 10 años, un mínimo de dos años de práctica profesional a tiempo completo; y/o aportar evidencias de adquisición, en los últimos cinco años, de las competencias definidas en el DAP mediante diferentes acciones formativas acreditadas.
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