Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario. Puede aceptarlas pulsando sobre el botón.
Buscador :
Volver al Menú
30 mar 2017
Una nueva sentencia del Tribunal Constitucional abre una vía para reclamar este impuesto municipal y para ayudar a los colegiados afectados, el CODEM ha abierto en su Asesoría Jurídica una consulta atendida por un experto en la materia que informará sobre cómo reclamar. Te damos todos los detalles.
La plusvalía es un impuesto municipal que grava el incremento de valor de los terrenos urbanos y hay que abonarla en el ayuntamiento donde radique la vivienda y que se encuentra regulado en la Ley de las Haciendas Locales y ha de abonarlo la persona que vende el inmueble.
Este impuesto se calcula en base al valor catastral del momento de la venta en relación al número de años que se ha tenido el inmueble. Debido al sistema de cálculo incluso cuando se vende por debajo del precio de compra hemos de abonar este impuesto, pues siempre sale a pagar.
Tras la sentencia del TC se ha abierto una vía para reclamar lo que pagamos por este impuesto en los supuestos en los que el valor de venta sea inferior al de compra pues como muy bien razona el Alto Tribunal no se pueden someter a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Por ello podremos reclamar en aquellas situaciones en las hayamos vendido un inmueble por debajo del precio de compra.
¿Quién y qué se puede reclamar de la plusvalía?
• Cuando la plusvalía afecte exclusivamente a la vivienda habitual, por tanto la venta de segundas viviendas o locales no están afectados por la sentencia. • Podrá ser reclamado por aquellas personas que estando en la situación descrita con anterioridad no haga más de cuatro años que pagaron este impuesto. El Colegio Oficial de Enfermería de Madrid junto con su asesoría jurídica entienden que dada la importancia del tema y la cantidad de compañeros afectados es necesario implementar medidas para ayudar a los enfermeros/as que tengan este problema. Para ello hemos habilitado una consulta en la asesoría jurídica con uno de nuestros asesores, experto en la materia los lunes a partir del 3 de abril y en horario de 15 a 17.30 y los martes a partir del 4 de abril en horario de 10 a 13.30. Es necesario solicitar cita previa a través del teléfono 91 552 66 04.
Será imprescindible aportar las escrituras de compra y de venta de la vivienda así como los documentos acreditativos del pago del impuesto.
© CODEM · Avda Menendez Pelayo 93 28007 Madrid
Tfno: 915 526 604 ··
Email temas administrativos: oficina@codem.es Email temas profesionales: atencioncolegiado@codem.es
Desarrollo: GesCol, por PKF ATTEST